El Presidente Gabriel Boric anunció, durante la mañana de este jueves, que llamará al Consejo de Seguridad Nacional (Cosena) este lunes 5 de febrero.
«El próximo lunes, y así se lo comuniqué a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y el ministro Elizalde, a la contralora y a los presidentes de las Cámaras del Comgreso, he decidido convocar al Consejo de Seguridad Nacional, el Cosena, a primera hora para poder recibir comentarios y aportes acerca de la mejor forma de implementación del proyecto de infraestructura crítica», añadió el Mandatario.
Asimismo, Boric indicó que decidió «instruir un gabinete especial de seguridad». Además recalcó que se deben intervenir a las comunidades «con cultura, con deporte, con educación. El delito y la seguridad la vamos a conseguir no solamente enfrentando y desarticulando a los delincuentes, sino que potenciando la cohesión social«.
«Acá nos necesitamos todos. Basta de pelea chica, para enfrentar a la delincuencia nos necesitamos todos», recalcó Boric. Junto con eso, insistió que se está trabajando «con rigor, con compromiso, para poder asegurarle tranquilidad a nuestro pueblo».
El Cosena corresponde al Consejo de Seguridad Nacional, organismo que asesora al Presidente de la República en materias vinculadas a la seguridad nacional.
Su funcionamiento está regulado por los Artículos 106 y 107 del Capítulo XII de la Constitución de 1980.
El artículo 106 señala que el Cosena «será presidido por el Jefe del Estado y estará integrado por los Presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Corte Suprema, por los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, por el General Director de Carabineros y por el Contralor General de la República«.
«En los casos que el Presidente de la República lo determine, podrán estar presentes en sus sesiones los ministros encargados del gobierno interior, de la defensa nacional, de la seguridad pública, de las relaciones exteriores y de la economía y finanzas del país«, añade.
Asimismo, el artículo 107 detalla que el Cosena «se reunirá cuando sea convocado por el Presidente de la República y requerirá como quórum para sesionar el de la mayoría absoluta de sus integrantes»
«El Consejo no adoptará acuerdos sino para dictar el reglamento a que se refiere el inciso final de la presente disposición. En sus sesiones, cualquiera de sus integrantes podrá expresar su opinión frente a algún hecho, acto o materia que diga relación con las bases de la institucionalidad o la seguridad nacional», añade.
«Las actas del Consejo serán públicas, a menos que la mayoría de sus miembros determine lo contrario. Un reglamento dictado por el propio Consejo establecerá las demás disposiciones concernientes a su organización, funcionamiento y publicidad de sus debates», cierra.