¿Qué pasó?
Este martes el Presidente de la República, Gabriel Boric, anunció nuevas indicaciones al proyecto de ley que rebaja la jornada laboral a 40 horas, donde destaca la implementación escalonada, acompañamiento a las pymes y horario diferido de entrada y salida para madres o padres trabajadores que tengan a su cuidado niños, niñas o adolescentes en edad escolar.
¿Qué dijo?
Al respecto, el Mandatario señaló que el proyecto “está hoy un paso más cerca de hacerse realidad y lo bonito es que hay empresas que se han ido adelantando y han demostrado que muchas veces no se requiere una ley para avanzar en mejorar la calidad de vida, sino también la disposición y el diálogo social ayudan a avanzar en esa dirección”.
«Vale la pena recordar, que uno de los motivos más profundos del estallido social, tiene que ver justamente con la calidad de vida, con la sensación de abuso y de agobio, y este proyecto apunta al centro de esa problemática», comentó.
Asimismo, explicó que «a este proyecto le hemos puesto una urgencia razonable para que pueda ser debatido en el parlamento, para que pueda ser perfeccionado en la medida que los parlamentarios y parlamentarias así lo estimen, pero con la convicción de que tiene que avanzar».
Suma urgencia
Por otro lado, el ministro secretario General de la Presidencia, Giorgio Jackson, explicó que «al momento del ingreso de las indicaciones también va a contar con suma urgencia, por lo tanto, eso va a permitir tener 15 días para poder tener el debate y la discusión a nivel de la Cámara Alta y de esa manera las observaciones y modificaciones que haya suscrito el proyecto puedan desplazarse hacia un tercer trámite en la Cámara y así poder despacharlo a ley».
Indicaciones
- Es una reforma integral al Código del Trabajo. Se profundiza de manera integral la propuesta original de reducción de la jornada ordinaria del artículo 22 del Código del Trabajo, considerando otras regulaciones contempladas en el Código del Trabajo.
- Se incorporan modificaciones a la regulación sobre exclusión de la limitación de jornada, jornada parcial y jornadas excepcionales. Así, la disminución de jornada laboral extiende sus efectos directos a más de 4 millones de trabajadoras y trabajadores.
- Gradualidad. Se propone una implementación escalonada de la reducción de jornada, sin distinción por tamaño de empresa, para reducir la jornada a 40 horas en un plazo de 5 años; a 44 el primer año, a 42 el tercer año y a 40 el quinto año.
- Más tiempo de descanso efectivo. Se inspira en el objetivo de generar descanso efectivo. En algunos casos específicos donde no sea posible materializar una disminución efectiva de horas de la jornada, se generarán mecanismos de compensación, como días libres.
- Responsabilidad económica. La reducción de la jornada debe implementarse con cuidado y responsabilidad sobre los efectos que pueda tener en la economía, protegiendo el empleo y las remuneraciones. Esto implica, por una parte, una aplicación gradual de la reducción de jornada, que permita a las empresas ajustar sus procesos productivos y absorber la reducción con el menor impacto posible. Habrá un acompañamiento especial a las micro y pequeñas empresas.
- Corresponsabilidad. La reducción de horas de trabajo debe ir acompañada de medidas de corresponsabilidad social, que enfrenten la desigual repartición de las tareas de cuidados y del trabajo no remunerado, el que recae principalmente en las mujeres: 91,6% de las mujeres lo hacen (5,89 horas al día), frente a solo un 73,9% de los hombres (2,74 horas al día). Para ello, se establecen algunas medidas que apuntan en esa línea.
- Conciliación trabajo y familia. Se incorporan mecanismos que permitan adaptar las condiciones laborales a las necesidades personales y familiares de las y los trabajadores. Estos mecanismos apuntan, además, a dar prioridad a las personas cuidadoras, otorgándoles mayor soberanía sobre sus tiempos de trabajo y cuidado.
- Modernización. Se incorporan los avances tecnológicos en la regulación del registro de asistencia y control de jornada, dando cuenta que existen nuevos mecanismos de supervisión sobre trabajadoras y trabajadores.
Detalles de las indicaciones
- Profundiza la propuesta original de reducción de la jornada ordinaria del art. 22 del Código del Trabajo, considerando reducciones a otras regulaciones de jornada contempladas en el Código.
- La Jornada Parcial se establece en 27 horas semanales.
- Regla especial para Jornadas Excepcionales autorizadas por la Dirección del Trabajo: Se establece una excepción al límite impuesto por la jornada ordinaria, con una compensación de tiempo de descanso adicional de un máximo de 9 días al año, para no afectar la organización del trabajo en sectores productivos con particularidades, como minería y salud.
- Choferes y auxiliares de la locomoción, choferes de vehículos de carga terrestre interurbana y trabajadores que se desempeñen como parte de la tripulación a bordo de ferrocarriles: Se reducen proporcionalmente las jornadas mensualizadas, quedando en 160 horas mensuales.
- Trabajadoras de casa particular puertas afuera: Se ajusta la jornada a 40 horas semanales y se reduce la jornada extraordinaria de 15 a 12 horas, pudiendo ser utilizada únicamente para atender necesidades temporales.
- Trabajadoras de casa particular puertas adentro: otorga 2 días compensatorios de libre disposición al mes, adicionales a los 8 ya contemplados, habida cuenta de las condiciones particulares en que se desempeñan sus funciones.
- Jornada gente de mar: se reduce la jornada desde 48 a 40 horas cuando están en tierra o la nave está fondeada en puerto.
- Trabajadores de plataformas digitales: Se modifica el guarismo de 180 a 160 horas mensuales, incorporado al Código del Trabajo por la Ley de Trabajadores de Plataforma.
- Se hacen ajustes por coherencia normativa al Código del Trabajo: trabajadores de restaurantes que atiendan directamente al público; jornada anualizada del sector agrícola permanente; jornada de tripulantes de vuelo y cabina; y trabajadores de restaurantes que trabajan 12 horas diarias por 5 días.
Responsabilidad económica
Se considera la incorporación de mecanismos que permitan adaptarse a las nuevas realidades del trabajo. Se acompañará a la micro y pequeña empresa durante el tiempo de implementación de la reducción de jornada. Se modificará la normativa que rige al SENCE, buscando favorecer el acceso de estas empresas a programas de capacitación respecto de la organización del tiempo de trabajo y otros temas, con el fin de atender sus necesidades y particularidades.
Se profundizará las funciones y facultades de la Unidad de Atención a la micro, pequeña y mediana empresa al interior del Departamento de Relaciones Laborales de la Dirección del Trabajo, para acompañar de mejor manera en el cumplimiento de la normativa laboral.
Corresponsabilidad
La reducción de horas de trabajo debe ir acompañada de medidas de corresponsabilidad social, que enfrenten la desigual repartición de las tareas de cuidados y del trabajo no remunerado, el que recae principalmente en las mujeres: 91,6% de las mujeres lo hacen, frente a solo un 73,9% de los hombres. Para ello, se establecen algunas medidas que apuntan en esa línea.
- Derecho a horario de ingreso y salida diferido para personas cuidadoras de niños, niñas o adolescentes hasta 12 años.
- Compensación de horas extras por feriado adicional (hasta 5 días) para padres o madres trabajadoras.
- Nuevo “Pacto para facilitar la conciliación de vida personal y trabajo”, que permitirá que sindicatos y empleadores puedan pactar compensación de horas extras por días libres.
Conciliación trabajo y familia
Se incorporan mecanismos que permitan adaptar las condiciones laborales a las necesidades personales y familiares de las y los trabajadores. Estos mecanismos apuntan, además, a dar prioridad a las personas cuidadoras, otorgándoles mayor soberanía sobre sus tiempos de trabajo y cuidado.
- Derecho a horario de ingreso y salida diferido para madres o padres trabajadores que tengan a su cuidado niños, niñas o adolescentes en edad escolar.
- Jornada extraordinaria: padres o madres trabajadoras podrán compensar las horas extras por hasta 5 días de vacaciones.
- Nuevo “Pacto para facilitar la conciliación de vida personal y trabajo”: empleador y sindicato pueden acordar que horas extras se compensen por días libres (hasta 5 por semestre).
Modernización
- Se incorporan los avances tecnológicos en la regulación del registro de asistencia y control de jornada, dando cuenta que existen nuevos mecanismos de fiscalización sobre trabajadoras y trabajadores:
- Se incorpora el reconocimiento de los registros electrónicos de asistencia, cuyas condiciones serán reguladas por un Reglamento dictado por el Ministerio del Trabajo.
- Se limitan los casos susceptibles de exclusión de cumplimiento de jornada y exigiendo imposibilidad de cumplir con obligación de registrar asistencia por medios electrónicos.
Gradualidad
Se propone una implementación escalonada de la reducción de jornada, sin distinción por tamaño de empresa. La regla general de gradualidad contempla un plazo total de 5 años:
- La primera rebaja a 44 horas se materializaría al primer año de publicado el proyecto de ley.
- La segunda rebaja a 42 horas semanales se efectuaría a partir del tercer año.
- Finalmente, la rebaja a 40 horas estaría vigente al quinto año de publicada la ley.